Torrejón de Ardoz – Plaza Mayor 7

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Notaría en Torrejón de Ardoz, Plaza Mayor 7

Servicios notariales sobre herencias y donaciones

En las notarías se orienta y se formalizan testamentos, declaraciones de herederos, herencias y donaciones. Es importante tener claras las consecuencias patrimoniales y fiscales de estos actos.

Testamentos

Documento en el que una persona decide cómo distribuir sus derechos y bienes tras su fallecimiento.

Documentación necesaria:

  • D.N.I. testador.

Donaciones

Acto mediante el cual una persona transmite gratuitamente un bien a otra persona que la cual lo acepta.

Documentación necesaria:

  • D.N.I. del donante y donatario.
  • Relación de bienes donados:
    1. dinero: justificación de la procedencia.
    2. bienes inmuebles: escritura de propiedad y último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Actas de declaración de herederos abintestato (cuando no hay testamento)

  • Hay que comprobar con la notaría ante qué notario se puede formalizar.
  • D.N.I. de la persona que promueve el acta que debe tener interés legítimo.
  • Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades (este último se puede solicitar por la notaría)
  • Libro de familia del difunto
  • Deberán comparecer a la firma al menos dos testigos que conocieran bien al difunto.
  • Formalizada el acta, hay que esperar al menos 20 días hábiles, transcurridos los cuales se puede hacer la aceptación de herencia.

Herencias

Documentación necesaria para la preparación de escrituras de herencia:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades (lo podemos solicitar en notaría).
  • Certificado del registro de seguros de vida (lo podemos solicitar en notaría).
  • Copia autorizada de testamento o copia simple (lo podemos solicitar en notaría).
  • Títulos de propiedad o escrituras de todos los bienes inmuebles de propiedad del causante.
  • Recibo de contribución de todos los inmuebles integrantes de la herencia.
  • Certificados bancarios de las cuentas corrientes, depósitos y posiciones en las entidades bancarias.
  • Si existe: resguardo de los gastos de última enfermedad, entierro y funeral, o de otras posibles deudas y cargas de la herencia.
  • Si existe: resguardo de la liquidación del impouesto de sucesiones.
  • Deben comparecer a la firma todos los herederos identificados con DNI o pasaporte.